CertiE3

* El Certificado de Eficiencia Energética
=> El documento: CEE_EE
=> La etiqueta de Eficiencia Energética
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Realización de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios
Existentes

Cumplimentación de los requisitos exigidos en el RD235/2013



Si tienes que vender o alquilar tu vivienda,local comercial,
oficina o edificio en los próximos días, tienes que saber
que se requiere un nuevo documento anexo al contrato
de compraventa o arrendamiento del inmueble, que se
denomina “Certificado de Eficiencia Energética”  y nos
da información sobre la Eficiencia en materia de
consumo energético del inmueble.

 

¿Qué es la Certificación de Eficiencia Energética de un Edificio
Existente?


Es un procedimiento para certificar energéticamente los edificios
existentes o partes de un edificio existente (ej. Un piso o local en un
bloque, adosado, un local comercial,.. etc).

Con la publicación del “Real Decreto 235/2013 de 5 abril, por el que se
aprueba el Procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia
Energética de los edificios" se establece la obligación de poner a dispo-
sición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de
eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la
eficiencia energética de un edificio . con el fin de que los propietarios o
arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y
evaluar su eficiencia energética.

 

 


¿Y para qué sirve?

Sirve para conocer el comportamiento energético de un inmueble y cómo
mejorarlo para que consuma menos energía y por lo tanto, reducir el
importe de las facturas de luz y gas.

¿Cuándo entra en vigor?

El Real Decreto que la regula ya ha sido aprobado y es por tanto
obligatoria desde el 1 de junio de 2013.
 

¿Cuál es el documento oficial relativo a la certificación energética?


Los resultados del procedimiento de certificar energéticamente un edificio
vienen reflejados en el Certificado de Eficiencia Energética y en su
correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética
, la cual muestra el nivel
de calificación energética del edificio en una escala de la
A (mayor eficiencia
energética) a la
G (menor eficiencia energética).
 
 

 
 ¿Qué validez tiene?

El certificado de Eficiencia Energética y su correspondiente etiqueta
de EfEn tienen una validez de 10 años.

 
 ¿A qué activos inmobiliarios se aplica y quién debe
  encargarlo?


La obligatoriedad de contratar la certificación energética recae en el
propietario de cualquier Edificio o Parte individual de un edificio existente
si éste las ofrece o publicita en venta o
alquiler.
Ello incluye viviendas, oficinas y locales comerciales.















¿Qué obligaciones tiene el vendedor/arrendador?
 
El vendedor o arrendador deberá mostrar la etiqueta energética durante la
promoción de venta o alquiler del inmueble (ej. junto a la descripción del
inmueble en el escaparate de una inmobiliaria).

-En caso de venta:     

el vendedor deberá entregar al comprador en la
notaría un original del certificado.

 -En caso de alquiler :

se  deberá adjuntar una fotocopia al contrato de
arrendamiento.



 
¿Quién es el responsable de la renovación de la certificación
de eficiencia energética?

Al igual que en el caso de la realización de la certificación energética
del edificio, es el propietario del edificio completo, vivienda o local,
el responsable de su renovación. También será responsable de
conservar la correspondiente documentación.



                                                                                       .



                                                                               









-  Bueno está claro que es Necesario realizar la
   Calificación
Energética de mi Edificio o Vivienda,
   pero es que aún tengo que aclarar algunas dudas……




Aqui puedes resolver todas las dudas que tengas sobre el
certificado:



   ...........      Más Preguntas Frecuentes

Respuestas a Preguntas Frecuentes sobre el RD 235/2013
Secretaría de Estado de Energía





-  Y Ahora que ya sabes lo que es el Certificado de Eficiencia
Energética de Edificios Existentes, (RD/235/2013)  y  si
necesitas que un Técnico cualificado te lo realice, puedes
solicitarlo en esta dirección:
 

 



Normativa:

       1.   RD 235/2013           

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el
procedimiento básico para la  certificación de la eficiencia
energética de los edificios


   
    2.  RD 47 /2007

Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba
el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia
energética de edificios de nueva  construcción

                    
        3.   DE 2002/91             

Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética
de los edificios.



         4.   DE 2010/31    

Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 19 de mayo de 2010 relativa a la eficiencia energética de
los edificios (refundición).

          

        5.   DE 2012/27

Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 25 de octubre de 2012 relativa a la eficiencia energética,
por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y
2010/30/UE y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE
y 2006/32/CE.

 

 

 

 



Enlaces de Interés:




     1.    IDAE - CERTIFICACION EFICIENCI ENERGETICA       


    
     2.    MINETUR   (MINISTERIO DE INDUSTRIA,
            ENERGIA Y TURISMO)
                              


     3.    AVEN    (AGENCIA VALENCIANA DE
            LA ENERGIA)  
                                  


 






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